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Empresas Integradoras
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Limitantes

  • No pueden ser socios de una empresa integradoras, aquellas personas físicas o morales que no estén formalmente constituidas.
  • La empresa integradora actúa exclusivamente por cuenta y orden de sus socios; por tanto, sólo es su representante ante clientes y proveedores.
  • No puede realizar ninguna parte de proceso productivo que involucre la actividad de sus asociadas.
  • No está facultada para realizar la importación de materias primas e insumos que requieran sus afiliados, ya que la empresa integradora no fabrica ni comercializa productos, por tanto, no puede inscribirse en el Padrón de Importadores; este es un requisito para poder importar.
  • Los activos que se adquieran para el proceso productivo de las socias, no pueden ser propiedad de la integradora, ya que son los socios los que realizan la actividad de producir y, por tanto, son los dueños de la maquinaria y el equipo.
  • No se permite constituir empresas integradoras con empresarios que realicen prácticas desleales o tengan actividades monopólicas o que su actividad los conduzca a estas situaciones.
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Contacto
Lic. María Cristina Garfias Linares, Subdirectora de Integración: 5229-6100 exts. 32310
Dirección General de Desarrollo Empresarial y Oportunidades de Negocio - Dirección de Agrupamientos Empresariales