|
|
La planeación de los impuestos
es la actividad tendiente a determinar los efectos fiscales financieros que
producen dichas operaciones, con objeto de optar por las situaciones jurídicas
más convenientes, que permitan legítimamente minimizar el costo fiscal. Esto
significa que se debe planear de algún modo el efecto fiscal que se deriva de
las operaciones normales de la empresa y aprovechar al máximo las ventajas que
conceden las leyes fiscales.
Sin duda no debe ser objeto de planificación fiscal financiera la evasión de
impuestos, ya que los pagos por recargos y sanciones no son deducibles para
efectos del Impuesto Sobre la Renta.
El empresario debe estudiar y conocer las disposiciones fiscales, con el fin
de encontrar un tratamiento y consecuencias favorables. Algunos de los aspectos
que debe considerar una empresa para la planeación de los impuestos son las
siguientes:
- Ubicar la empresa en una zona en la que existan tratamientos fiscales más
favorables. Se recomienda al respecto consultar los Programas de Apoyo de
las diferentes entidades federativas que se encuentran incorporadas a este
sistema.
- Acelerar o diferir ingresos o gastos, considerando las estimaciones de
gastos futuros en función de las necesidades de la empresa.
- Canalizar inversiones ociosas hacia aquellos renglones que tengan tratamientos
fiscales preferentes.
- Elegir los métodos más favorables para la depreciación de activos fijos
y valuación de inventarios.
- Cumplir con los requisitos fiscales para obtener el máximo de deducciones.
- Cumplir los ordenamientos fiscales para obtener exenciones, subsidios o
diferimientos.
De manera enunciativa y general
para cualquier tipo de empresas, se relacionan algunas de las disposiciones
que pueden afectar en cualquier momento las actividades de un negocio. Por lo
tanto, es necesario conocer los aspectos que de alguna forma involucren las
operaciones de la empresa:
- Ley de Ingresos de la Federación
- Ley del Impuesto al Valor Agregado
- Ley del Impuesto Sobre la Renta
- Ley del Seguro Social
- Ley Federal del Trabajo
- Ley del FONACOT
- Ley del INFONAVIT
- Ley General de Sociedades Mercantiles
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Código Civil
- Código de Comercio
- Código Fiscal de la Federación
- Código Aduanero
Para realizar una buena planeación
fiscal se recomienda llevar a cabo las siguientes etapas:
a. Análisis de la operación
En la resolución de cualquier problema fiscal, es conveniente establecer con
antelación el objetivo que se pretende alcanzar para que con base en él, se
reúnan todos los elementos necesarios que permitan resolver cada caso en particular,
dando preferencia a la investigación de la legislación tributaria que pueda
afectar en cualquier momento las operaciones relativas a la empresa.
b. Determinación de alternativa
Una vez reunida la información necesaria, se deben considerar todas las combinaciones
fiscales relacionadas con la operación que se desea llevar a cabo.
c. Análisis de opciones
En esta etapa se realiza la evaluación de las distintas opciones, enfocándolas
a los siguientes aspectos:
- La posibilidad jurídica. Que no contravengan los ordenamientos legales
con el fin de no caer en la evasión fiscal.
- El costo administrativo. Es la cuantificación del monto de los gastos que
originaría la aplicación de cada opción.
- La disminución del gravamen fiscal. Es la determinación de la cantidad
que representa reducir el pago de impuestos mediante la aplicación de cada
una de las opciones estudiadas. El importe de esta disminución debe ser considerablemente
superior al costo administrativo de la opción elegida, para que en la realidad
sea efectiva su aplicación.
d.
Aplicación de las opciones elegidas
Es la culminación de la planeación fiscal, en la cual se deben reflejar los
resultados en un período inmediato a su realización.
Por último, es importante señalar que las disposiciones fiscales pueden cambiar
año con año, y por tal razón se recomienda que todos los meses se esté pendiente
de las posibles modificaciones, incluidas las relativas a la miscelánea fiscal
al final o al inicio de cada año.
|
|
|