|
Preguntas Frecuentes
Constitución
1.¿La integradora puede ser creada por un grupo
de socios como dueños de la misma y asociar a diferentes personas
físicas o morales?
Es correcto la empresa integradora asocia a micro, pequeñas
y medianas empresas sean estas personas físicas o morales.
2.¿Cuántos socios puede tener la integradora como dueños,
independientemente de
los asociados?
De acuerdo a lo anterior los dueños de la empresa
son las propias empresas asociadas.
3.¿Los dueños de la integradora pueden ser exsocios de
las empresas asociadas?
Esta pregunta no es correcta, pues ya se dijo que la empresa
integradora está formada por socios que son personas físicas
y/o morales.
4.¿Cuántos asociados puede tener la integradora?
La empresa integradora se constituye con un mínimo
de 4 socios ya que cada uno no debe de tener más del 30% del capital
social, no existe un máximo de socios, sin embargo se recomienda
que no rebasen los 50 socios en su primera etapa de funcionamiento.
5.¿La participación de los asociados es del 30% en total
o por cada uno de ellos?
Cada una de las empresas asociadas podrán comprar
desde una acción hasta el 30% del capital social, de acuerdo a su
capacidad económica.
6.¿El proyecto de viabilidad económica - financiera que
solicita la guía para la formación de la integradora, es
de la integradora como organización o de todo lo que se requiere
y generará con los asociados?
El proyecto de factibilidad se debe realizar de acuerdo
a la actividad que desarrollan los socios y la empresa integradora forma
parte de este proyecto, como se puede ver en la Guía para la Formación
de una Empresa Integradora (página 36)
7.¿Cuál es la mejor figura jurídica mercantil para
la integradora, considerando que se dedicará a las actividades agrícolas?
Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.)
8.¿Cuál figura jurídica deben tener los asociados,
si son productores primarios?
Podrían constituirse como personas físicas
con actividad empresarial, ya que la idea es que los productores primarios
organizados bajo la alternativa de empresa integradora, le den un mayor
valor agregado a los productos primarios e inicien una producción
de carácter agroindustrial.
9.El proyecto de acta constitutiva, ¿cómo se realiza?
¿Tiene un esquema especial o se basa en el de una S.A.?
Se realiza ante un corredor o notario público, y
se basa en la Ley General de Sociedades Mercantiles y en el Artículo
4to. del Decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras
(Guía página 15)
10.¿El estudio de viabilidad económica - financiera debe
ser realizado por alguien en especial, o lo podemos hacer nosotros?
Lo pueden hacer Ustedes, o bien, contratar los servicios
de un consultor. La Delegación o Subdelegación de la
Secretaría de Economía en el Estado, los puede vincular con
el CRECE ya que sus honorarios tienen un menor costo.
11.¿La solicitud por escrito para el registro qué
debe contener?
Es en escrito libre solicitando su inscripción en
el Registro Nacional de Empresas Integradoras, anexando: Proyecto de factibilidad
económica - financiera y el
proyecto de acta constitutiva.
12.¿Después de haber entregado la documentación
a la Secretaría, cuánto tiempo tardan en responder si fue
aceptada o si falta algo?
La documentación se entrega en la Delegación
o Subdelegación y en 7 días deben de dictaminar si procede
o no la solicitud.
13.¿Si es aceptado el proyecto, se manda a protocolizar el acta
constitutiva y se entrega nuevamente a la Secretaría, cuánto
tiempo tarda la Secretaría en emitir el oficio de autorización
y la cédula de inscripción?
Alrededor de 4 días
|
Herramientas
|
|
Contacto
|
Lic. Azael Cisneros Gil, Subdirector de Integración Productiva: 5229-6100
exts. 32025
|
Dirección General de Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional – Dirección de Articulación Estratégica
|