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Empresas Integradoras
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Preguntas Frecuentes

Constitución


1.¿La integradora puede ser creada por un grupo de socios como dueños de la misma y asociar a diferentes personas físicas o morales?


Es correcto la empresa integradora asocia a micro, pequeñas y medianas empresas sean estas personas físicas o morales.

2.¿Cuántos socios puede tener la integradora como dueños, independientemente de
los asociados?

De acuerdo a lo anterior los dueños de la empresa son las propias empresas asociadas.

3.¿Los dueños de la integradora pueden ser exsocios de las empresas asociadas?

Esta pregunta no es correcta, pues ya se dijo que la empresa integradora está formada por socios que son personas físicas y/o morales.

4.¿Cuántos asociados puede tener la integradora?

La empresa integradora se constituye con un mínimo de 4 socios ya que cada uno no debe de tener más del 30% del capital social, no existe un máximo de socios, sin embargo se recomienda que no rebasen los 50 socios en su primera etapa de funcionamiento.

5.¿La participación de los asociados es del 30% en total o por cada uno de ellos?

Cada una de las empresas asociadas podrán comprar desde una acción hasta el 30% del capital social, de acuerdo a su capacidad económica.

6.¿El proyecto de viabilidad económica - financiera que solicita la guía para la formación de la integradora, es de la integradora como organización o de todo lo que se requiere y generará con los asociados?

El proyecto de factibilidad se debe realizar de acuerdo a la actividad que desarrollan los socios y la empresa integradora forma parte de este proyecto, como se puede ver en la Guía para la Formación de una Empresa Integradora (página 36)

7.¿Cuál es la mejor figura jurídica mercantil para la integradora, considerando que se dedicará a las actividades agrícolas?

Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.)

8.¿Cuál figura jurídica deben tener los asociados, si son productores primarios?

Podrían constituirse como personas físicas con actividad empresarial, ya que la idea es que los productores primarios organizados bajo la alternativa de empresa integradora, le den un mayor valor agregado a los productos primarios e inicien una producción de carácter agroindustrial.

9.El proyecto de acta constitutiva, ¿cómo se realiza? ¿Tiene un esquema especial o se basa en el de una S.A.?

Se realiza ante un corredor o notario público, y se basa en la Ley General de Sociedades Mercantiles y en el Artículo 4to. del Decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras (Guía página 15)

10.¿El estudio de viabilidad económica - financiera debe ser realizado por alguien en especial, o lo podemos hacer nosotros?

Lo pueden hacer Ustedes, o bien, contratar los servicios de un consultor.  La Delegación o Subdelegación de la Secretaría de Economía en el Estado, los puede vincular con el CRECE ya que sus honorarios tienen un menor costo.

11.¿La solicitud por escrito para el registro qué debe contener?

Es en escrito libre solicitando su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras, anexando: Proyecto de factibilidad económica - financiera y el
proyecto de acta constitutiva.


12.¿Después de haber entregado la documentación a la Secretaría, cuánto tiempo tardan en responder si fue aceptada o si falta algo?

La documentación se entrega en la Delegación o Subdelegación y en 7 días deben de dictaminar si procede o no la solicitud.

13.¿Si es aceptado el proyecto, se manda a protocolizar el acta constitutiva y se entrega nuevamente a la Secretaría, cuánto tiempo tarda la Secretaría en emitir el oficio de autorización y la cédula de inscripción?

Alrededor de 4 días

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Lic. Azael Cisneros Gil, Subdirector de Integración Productiva: 5229-6100 exts. 32025
Dirección General de Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional – Dirección de Articulación Estratégica