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Empresas Integradoras
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Preguntas Frecuentes

Operación


1.¿La integradora puede fungir como parafinanciera o debe ser independiente?

No es función de la empresa integradora fungir como parafinanciera, lo que es recomendable es que los socios creen paralelamente un fondo de inversión y contingencia que puede ser administrado por la integradora.

2.¿La integradora puede dar todo el servicio de comercialización a sus asociados o se requiere una comercializadora independiente?

La empresa integradora comercializa a nombre y cuenta de sus asociados los productos que fabrican.

3.¿Para qué dan de alta a la empresa en Internet, qué beneficios se obtienen de ello?

Al darse de alta en la página en Internet, significa que esta formalmente constituida la empresa integradora.  También puede ser un medio de promoción de los productos que fabrican los socios.

4.¿Cómo opera una integradora normalmente?

Opera como cualquier empresa mercantil, respetando los preceptos del Artículo 4to. del Decreto y lo estipulado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2002.

5.¿Cómo o con base en qué se establecen las aportaciones de los socios y las comisiones que cobra la integradora a sus asociados?

Esto lo definen los asociados.

6.¿En nuestro caso, los cultivos se pueden cambiar de forma cíclica de acuerdo a los requerimientos del mercado, qué jerarquía puede tener la integradora sobre
los asociados para establecer dichos cultivos?

Hay que recordar que la empresa integradora está para dar servicios especializados a sus socios, los que deben de tomar las decisiones sobre la producción son los mismos socios.


7.¿En este caso la integradora financiaría a los productores en el abasto de insumos, cómo podría la integradora garantizar el pago de los mismos?  En primer instancia sería sobre la misma venta de sus productos, pero ¿qué pasa si uno de los asociados no cumple con dicha venta y decide venderlo por otro lado?  ¿Se pueden establecer fianzas, garantías o multas?

La integradora no financia a los productores; los productores aportan dinero a la empresa integradora para que ella compre las materias primas e insumos que requieren para la producción.  (Ver servicios de la integradora en Decreto Artículo 4to.)

En un proceso de integración es necesario que los asociados elaboren Estatutos en donde se estipulen las reglas bajo las cuales se regirán los socios (fianzas, multas, incentivos y garantías, entre otros).

8.¿Se establecen contratos entre la integradora y sus asociados para el abasto de insumos, el cobro de comisiones y la venta de los productos o cómo se maneja?

Efectivamente, los socios establecen reglas de cómo desean que funcione la empresa integradora, sin transgredir los aspectos que norman su operación en los ordenamientos legales antes señalados.

9.¿De establecerse contratos, qué tipo de contratos podríamos manejar?

Son convenios de consignación, si la empresa integradora va a vender la producción de los asociados a nombre y cuenta de ellos y convenios de mandato de compra, cuando van a adquirir de manera conjunta las materias primas e insumos por cuenta y a nombre de los socios.

10.¿En el caso de que la figura de los asociados pueda ser "Grupos de Trabajo", los acuerdos con la integradora los haría el representante legal?  ¿Se debe manejar con todo el grupo de trabajo?

Esta situación se tendría que analizar.

11.¿Qué significa estar formalmente constituido?

Estar dados de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

11.¿En el caso de que se maneje con el representante legal, ¿la integradora quedaría libre de responsabilidad ante los socios del Grupo de Trabajo? ¿Siendo el representante legal el responsable de informar a sus socios los acuerdos y beneficios obtenidos de la integradora?

La empresa integradora está compuesta por una Asamblea General (Socios), Consejo de Administración (designado por la Asamblea General) y un Director, quienes deberán informar a los socios sobre las acciones que lleven a cabo por su cuenta y orden.

12.¿En este caso los productores no tienen dinero para comprar acciones, podría la infraestructura del invernadero ser considerada como su aportación en el capital social de la empresa?

Si, pero no debemos de olvidar que todos estos activos deben pertenecer a los asociados, ya que la empresa integradora no puede realizar ninguna parte del proceso productivo que involucre la actividad de los asociados.

13.¿Qué pasa si uno de los asociados decide retirarse, cómo se debe manejar?  Y sí la aportación al capital social fue en infraestructura cómo se manejaría?

Los asociados como ya se dijo tiene que hacer una reglamento de operación o estatutos en donde definen estas situaciones.

14.¿Qué pasa si uno de los asociados no cumple con las reglas de operación y pone en riesgo la misma integradora o los intereses de los demás asociados, podría el consejo de administración pedir su retiro? ¿Cómo se manejaría?

Esto se contesta con la pregunta anterior.

15.¿Qué pasa si el esquema de integradora no funciona y los asociados deciden cerrar la empresa? ¿Cómo se manejaría?

Se liquida como lo estipula la Ley General de Sociedades Mercantiles.

16.¿Puede la integradora con autorización de sus asociados, establecer fondos para diferentes fines?

Los socios establecen que fondos requieren y la empresa integradora ayuda a formarlos y los puede administrar, hay que recordar que quienes toman las decisiones son los socios, no la empresa integradora.

17.¿En la experiencia de AGRIVAN, las dependencias del gobierno cierran todo tipo de apoyos o subsidios a las empresas con personalidad de S.A., ¿no pasaría lo
mismo con la integradora bajo esa figura?

Las dependencias e instituciones apoyan a las organizaciones, entre ellas a los socios de la empresa integradora ya que es una alternativa de organización empresarial, desde luego hay determinar en dónde y para qué se van a requerir los créditos, a fin de solicitarlos en la dependencia o institución correcta.

18.¿Podría usted facilitarnos copia del Decreto donde se publicó lo de las empresas integradoras y sus modificaciones?

El decreto se encuentra en la guía (página 15), se publico en el DOF el 7 de mayo de 93 y se modificó el 30 de mayo de 1995.

19.¿Desde su punto de vista personal, con los antecedentes mencionados en este documento y con la idea de trabajo que tenemos? ¿Considera que el mejor esquema de asociación sería la integradora o que nos recomendaría hacer?

Considero que la empresa integradora se puede adaptar a las necesidades de los asociados y tenemos casos en donde ha funcionado de manera adecuada.  Sin embargo, la decisión la tendrán que tomar Ustedes, analizando si es la alternativa de organización que más les conviene.

20.¿En el punto de estratificación, los grupos de trabajo son considerados como empresas? ¿Y la integradora como organización es considerada otra empresa?

La empresa integradora es una empresa con personalidad jurídica propia, sin embargo no debe cumplir con los parámetros de la estratificación, los que deben de cumplir con la estratificación son los socios.

21.En ese mismo punto mencionan que se desarrollarán los siguientes aspectos:  Panorama económico nacional e internacional; Panorama local o regional; Panorama
de la actividad económica ¿qué es lo que se espera en estos puntos, que grado de profundidad se requiere?

El suficiente como parte del proyecto de factibilidad económica - financiera para determinar si su proyecto es factible, rentable y sustentable.

22.¿Se puede operar como empresa integradora sin registrarse ante la Secretaría de Economía?

Si pueden operar, sin embargo no son sujetas de obtener los apoyos que existan para estas empresas.

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Contacto
Lic. Azael Cisneros Gil, Subdirector de Integración Productiva: 5229-6100 exts. 32025
Dirección General de Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional – Dirección de Articulación Estratégica