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Preguntas Frecuentes
Operación
1.¿La integradora puede fungir como parafinanciera
o debe ser independiente?
No es función de la empresa integradora fungir como
parafinanciera, lo que es recomendable es que los socios creen paralelamente
un fondo de inversión y contingencia que puede ser administrado por
la integradora.
2.¿La integradora puede dar todo el servicio de comercialización
a sus asociados o se requiere una comercializadora independiente?
La empresa integradora comercializa a nombre y cuenta de
sus asociados los productos que fabrican.
3.¿Para qué dan de alta a la empresa en Internet, qué
beneficios se obtienen de ello?
Al darse de alta en la página en Internet, significa
que esta formalmente constituida la empresa integradora. También
puede ser un medio de promoción de los productos que fabrican los
socios.
4.¿Cómo opera una integradora normalmente?
Opera como cualquier empresa mercantil, respetando los
preceptos del Artículo 4to. del Decreto y lo estipulado en la Ley
del Impuesto Sobre la Renta 2002.
5.¿Cómo o con base en qué se establecen las aportaciones
de los socios y las comisiones que cobra la integradora a sus asociados?
Esto lo definen los asociados.
6.¿En nuestro caso, los cultivos se pueden cambiar de forma cíclica
de acuerdo a los requerimientos del mercado, qué jerarquía
puede tener la integradora sobre
los asociados para establecer dichos cultivos?
Hay que recordar que la empresa integradora está
para dar servicios especializados a sus socios, los que deben de tomar las
decisiones sobre la producción son los mismos socios.
7.¿En este caso la integradora financiaría a los productores
en el abasto de insumos, cómo podría la integradora garantizar
el pago de los mismos? En primer instancia sería sobre la misma
venta de sus productos, pero ¿qué pasa si uno de los asociados
no cumple con dicha venta y decide venderlo por otro lado? ¿Se
pueden establecer fianzas, garantías o multas?
La integradora no financia a los productores; los productores
aportan dinero a la empresa integradora para que ella compre las materias
primas e insumos que requieren para la producción. (Ver servicios
de la integradora en Decreto Artículo 4to.)
En un proceso de integración es necesario que los asociados elaboren
Estatutos en donde se estipulen las reglas bajo las cuales se regirán
los socios (fianzas, multas, incentivos y garantías, entre otros).
8.¿Se establecen contratos entre la integradora y sus asociados
para el abasto de insumos, el cobro de comisiones y la venta de los productos
o cómo se maneja?
Efectivamente, los socios establecen reglas de cómo
desean que funcione la empresa integradora, sin transgredir los aspectos
que norman su operación en los ordenamientos legales antes señalados.
9.¿De establecerse contratos, qué tipo de contratos podríamos
manejar?
Son convenios de consignación, si la empresa integradora
va a vender la producción de los asociados a nombre y cuenta de ellos
y convenios de mandato de compra, cuando van a adquirir de manera conjunta
las materias primas e insumos por cuenta y a nombre de los socios.
10.¿En el caso de que la figura de los asociados pueda ser "Grupos
de Trabajo", los acuerdos con la integradora los haría el representante
legal? ¿Se debe manejar con todo el grupo de trabajo?
Esta situación se tendría que analizar.
11.¿Qué significa estar formalmente constituido?
Estar dados de alta ante la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público (SHCP)
11.¿En el caso de que se maneje con el representante legal, ¿la
integradora quedaría libre de responsabilidad ante los socios del
Grupo de Trabajo? ¿Siendo el representante legal el responsable de
informar a sus socios los acuerdos y beneficios obtenidos de la integradora?
La empresa integradora está compuesta por una Asamblea
General (Socios), Consejo de Administración (designado por la Asamblea
General) y un Director, quienes deberán informar a los socios sobre
las acciones que lleven a cabo por su cuenta y orden.
12.¿En este caso los productores no tienen dinero para comprar
acciones, podría la infraestructura del invernadero ser considerada
como su aportación en el capital social de la empresa?
Si, pero no debemos de olvidar que todos estos activos
deben pertenecer a los asociados, ya que la empresa integradora no puede
realizar ninguna parte del proceso productivo que involucre la actividad
de los asociados.
13.¿Qué pasa si uno de los asociados decide retirarse, cómo
se debe manejar? Y sí la aportación al capital social
fue en infraestructura cómo se manejaría?
Los asociados como ya se dijo tiene que hacer una reglamento
de operación o estatutos en donde definen estas situaciones.
14.¿Qué pasa si uno de los asociados no cumple con las reglas
de operación y pone en riesgo la misma integradora o los intereses
de los demás asociados, podría el consejo de administración
pedir su retiro? ¿Cómo se manejaría?
Esto se contesta con la pregunta anterior.
15.¿Qué pasa si el esquema de integradora no funciona y
los asociados deciden cerrar la empresa? ¿Cómo se manejaría?
Se liquida como lo estipula la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
16.¿Puede la integradora con autorización de sus asociados,
establecer fondos para diferentes fines?
Los socios establecen que fondos requieren y la empresa
integradora ayuda a formarlos y los puede administrar, hay que recordar que
quienes toman las decisiones son los socios, no la empresa integradora.
17.¿En la experiencia de AGRIVAN, las dependencias del gobierno
cierran todo tipo de apoyos o subsidios a las empresas con personalidad de
S.A., ¿no pasaría lo
mismo con la integradora bajo esa figura?
Las dependencias e instituciones apoyan a las organizaciones,
entre ellas a los socios de la empresa integradora ya que es una alternativa
de organización empresarial, desde luego hay determinar en dónde
y para qué se van a requerir los créditos, a fin de solicitarlos
en la dependencia o institución correcta.
18.¿Podría usted facilitarnos copia del Decreto donde se
publicó lo de las empresas integradoras y sus modificaciones?
El decreto se encuentra en la guía (página
15), se publico en el DOF el 7 de mayo de 93 y se modificó el 30
de mayo de 1995.
19.¿Desde su punto de vista personal, con los antecedentes mencionados
en este documento y con la idea de trabajo que tenemos? ¿Considera
que el mejor esquema de asociación sería la integradora o que
nos recomendaría hacer?
Considero que la empresa integradora se puede adaptar a
las necesidades de los asociados y tenemos casos en donde ha funcionado de
manera adecuada. Sin embargo, la decisión la tendrán
que tomar Ustedes, analizando si es la alternativa de organización
que más les conviene.
20.¿En el punto de estratificación, los grupos de trabajo
son considerados como empresas? ¿Y la integradora como organización
es considerada otra empresa?
La empresa integradora es una empresa con personalidad
jurídica propia, sin embargo no debe cumplir con los parámetros
de la estratificación, los que deben de cumplir con la estratificación
son los socios.
21.En ese mismo punto mencionan que se desarrollarán los siguientes
aspectos: Panorama económico nacional e internacional; Panorama
local o regional; Panorama
de la actividad económica ¿qué es lo que se espera
en estos puntos, que grado de profundidad se requiere?
El suficiente como parte del proyecto de factibilidad económica
- financiera para determinar si su proyecto es factible, rentable y sustentable.
22.¿Se puede operar como empresa integradora sin registrarse ante
la Secretaría de Economía?
Si pueden operar, sin embargo no son sujetas de obtener
los apoyos que existan para estas empresas.
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Herramientas
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Contacto
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Lic. Azael Cisneros Gil, Subdirector de Integración Productiva: 5229-6100
exts. 32025
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Dirección General de Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional – Dirección de Articulación Estratégica
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